La
Pascua:
celebración del triunfo de la
Vida sobre la muerte
Alfredo H Zecca
La Pascua, que corona el Triduo Pascual iniciado el
Jueves Santo, constituye la solemne y exultante proclamación del triunfo de la Vida sobre la muerte. Después
del Viernes Santo dominado por la contemplación de la Pasión y Muerte del Señor y
luego del gran silencio y soledad que se ciernen el Sábado Santo sobre la
tierra “porque el Dios hecho hombre ha muerto” y ha descendido a la región de
los muertos para rescatar de allí a Adán diciéndole “mi sueño te sacará del
sueño de la muerte” (De una antigua Homilía
sobre el santo y grandioso sábado), la liturgia de la Vigilia Pascual, en el Pregón
canta con gozo desbordante: “Esta es la noche en la que Cristo rompió las
ataduras de la muerte y surgió victorioso de los abismos”.
Pascua significa paso.
Precisamente paso de la muerte a la Vida.
Jesucristo, con su triunfo, nos abre el camino a una vida
plena y nos invita a compartirla brindando,
como expresa bellamente el Santo Padre Benedicto XVI, “un nuevo
horizonte a la vida y, con ello, una orientación decisiva”. Cristo es “el
verdadero cordero que quitó el pecado del mundo; muriendo destruyó nuestra
muerte y resucitando restauró la vida” (Prefacio de Pascua I).
Todo es alegría, alabanza,
acción de gracias a Dios porque, en Cristo, recupera el hombre su esperanza,
dignidad y grandeza. La Vida
triunfa definitivamente sobre la muerte.
Esta alegría se ve
ensombrecida, sin embargo, porque en Argentina la Suprema Corte de Justicia ha
producido un penoso fallo que, interpretando de modo laxista el antiguo
Artículo 86 del Código Penal, ha concretado la no penalización del aborto en
caso de violación. No soy jurista y, por lo mismo, dejo a los especialistas la
crítica de sus fundamentos. Pero salta a la vista de cualquiera su
contradicción: se reconoce la existencia de vida desde la concepción para,
luego, declarar que la vida no es un valor absoluto. La vida fruto de una
violación puede ser impunemente eliminada mientras que la que no proviene de
una tan lamentable situación queda preservada. ¿no se trata acaso de una
flagrante contradicción y discriminación?. Además, la corte que no castigaría
con pena de muerte al violador castiga con un crimen al fruto de una violación.
¿ Qué clase de justicia es ésta?.
Lo que resulta aún más
grave es que este fallo esté abiertamente contra la Constitución
Nacional que, en el artículo 75 inciso 22, ha incorporado tratados
internacionales, de jerarquía superior al
derecho interno, que defienden el carácter de persona de todo ser humano y
reconocen su derecho al respeto de su vida. Más claramente, la Constitución en su
art. 75 inciso 23, 2° párrafo dice que es obligación del Congreso “dictar un régimen de seguridad social especial e integral en
protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la
finalización del período de enseñanza elemental”.
Por lo demás la Constitución de la Provincia de Tucumán, en
su art. 40, inciso 1° reconoce el derecho “A
una existencia digna desde la concepción con la debida protección del estado a
su integridad psicofísica con la posibilidad de disponer de una igualdad en las
oportunidades”.
Como Pastor, y no
fundándome en la fe cristiana y católica, sino en el Derecho Natural, uno de
cuyos mandamientos es “no matar” no puedo callar cuando los medios de
comunicación informan que el gobierno provincial que, en general está a favor
de la vida, insta al apoyo del fallo judicial con el argumento de que no se
puede desobedecer a la justicia. Me parece que estamos ante una gran confusión.
Se interpreta un fallo que contradice la Constitución
Provincial y la
Nacional como si fuera una ley. Estoy convencido de que es
necesario un diálogo sereno y veraz que no permita que la Argentina instrumente,
mediante protocolos de dudosa validez jurídica, la interrupción de embarazos
por vía del aborto en casos de violación.
Resulta paradójico y
dramático que estos anuncios se hagan, precisamente, en Semana Santa. Cuando la Iglesia celebra el triunfo
de la Vida sobre
la muerte se pretende instaurar lo contrario: el predominio de la cultura de la
muerte sobre el don sagrado y absoluto de la vida, y de la vida inocente.
Ruego a los poderes
provinciales, ejecutivo, legislativo y judicial, a los políticos, a los
juristas, y especialmente a los médicos, a que se pongan a la altura de la
gravedad de las circunstancias. Especialmente los médicos deben hacer valer su
derecho a la “objeción de conciencia” y negarse a practicar abortos en
cualquier caso que fuera. Nunca se justifica el crimen, y menos el de un
inocente que no puede defenderse. Desgraciadamente Argentina, como en tantas
cosas, también en este terreno del aborto está “de ida” cuando los países que
lo aprobaron “vienen de vuelta”. Por poner un ejemplo, en Italia, que aprobó el
aborto en 1978, crece en grandes proporciones la “objeción de conciencia” de
los ginecólogos y, en general, de todo el personal sanitario.
Mientras exhorto a los
fieles católicos y a todos los tucumanos a obrar a conciencia en un asunto tan
grave y reitero mi disposición al diálogo franco y abierto con las autoridades
porque confío en su buena voluntad y disposición a buscar la verdad, aseguro mi
oración y deseo a todos una feliz Pascua de Resurrección. Que el Señor de la Vida disipe las tinieblas de
nuestros corazones con la luz de la Verdad.
Con mi Bendición Pastoral
Mons. Alfredo H Zecca
Arzobispo de Tucumán